Las retenciones para vendedores de Mercado Libre y Amazon han comenzado. La fecha límite llegó, y aunque la Asociación Latinoamericana de Internet y Mercado libre solicitaron el aplazamiento de la fecha de entrada en vigor para que los marketplaces deban retener impuestos, nada ha podido hacerse.

Mercado Libre además pidió que se reconsiderara la forma en que se van a retener los impuestos, a fin de no copiar el modelo que ya utiliza Uber, DiDi y compañía, por el que se retiene la tributación del monto total de la transacción.
Aunque pidieron esquema diferenciado, aunque pidieron que las retenciones comenzaran en 2021, aunque se reunieron varias veces con el SAT, nada pasó.

Retenciones del 8.4 al 16%

Mercado Libre mandó un correo a sus vendedores la semana pasada, diciendo que las retenciones irían del 16% al 36%. Alehira Orozco, responsable de la empresa de las relaciones con gobierno ha explicado que se trató de una confusión. En realidad el mínimo de retención a un vendedor será del 8.4%, de los cuales el 8% corresponde a la mitad de IVA (por ley se retiene primero la mitad) y el .4% a la tasa mínima de retención del ISR.
Las tasas diferencias de retención de ISR son las siguientes, y aplican tanto para Mercado Libre, como para Amazon:

MONTO DE INGRESO MENSUAL

PORCENTAJE DE RETENCIÓN POR ISR

Hasta 1,500 pesos

.4%

Hasta 5,000 pesos

.5%

Hasta 10,000 pesos

.9%

Hasta 25,000 pesos

1.1%

Hasta 100,000 pesos

2%

Más 100,000 pesos

5.4%

La retención de la mitad del IVA siempre es del 8%, siempre y cuando la plataforma de comercio electrónico tenga el RFC y datos fiscales del vendedor. Cuando no se cuenta con esa información la retención es del 16% y la tasa del ISR se dispara al 25%. Por ello, aquellos vendedores que no estén dados de alta ante el SAT y no regularicen su situación, tendrán retenciones del 36%.
Los vendedores que no se regularicen incluso podrían ya no encontrar conveniente vender en la plataforma de Mercado Libre.
Independientemente de si un vendedor está o no registrado como es debido, el problema con cómo está planteada la retención del ISR, es que la retención se calcula sobre el total de la transacción. De esta forma, se ve afectado el flujo de efectivo, que el dinero que reciben por venta del que una parte es ganancia pero otra debe usarse para recompra de productos. La retención de ISR no es sobre ganancia, como originalmente se concibe el Impuesto Sobre la Renta, sino sobre el monto total de la transacción.
Cuando llegue el momento de hacer declaración mensual las cuentas pueden ajustarse y, en la mayoría de los casos, llegarán al final del mes fiscal con saldo a favor; pero mientras tanto, vendedores no contarían con el flujo necesario para gastos operativos.
Los datos que las plataformas deben recolectar es nombre completo, razón social, cuenta bancaria, CURP, domicilio fiscal y RFC

Las personas que ya estaban regularizadas en su situación fiscal no deberían tener mayor problema, pero algunos vendedores no están de acuerdo. Subirán sus precios, al menos en uno de sus perfiles de Amazon, para evitar tener una caída en el flujo de efectivo.

Vendedores ocasionales de productos usados no tienen de qué preocuparse.

Mercado libre indica en su página que no deben aplicar retenciones, así que probablemente se trate de retenciones accidentales mientras la plataforma se adecua. En cuanto se tenga posicionamiento oficial sobre este asunto.

Adiós, RIF

El problema empieza con el Régimen de Incorporación Fiscal (RIF, por sus siglas), el régimen fiscal en México más consentido, y por el que a sus inscritos le son condonados impuestos por hasta diez años. Vargas explica que en su decreto sobre los impuestos a tecnológicas, el SAT hizo que los inscritos al RIF no puedan tener ganancias por venta en plataformas de comercio electrónico, de forma que no tendrán las facilidades de condonación del régimen.
Los vendedores también tendrán retención sobre el costo del envío que ellos absorben para que este resulte gratis al usuario final

La información de depósitos bancarios seguirá siendo del conocimiento del SAT, lo que eventualmente podría provocar que un vendedor sea señalado por defraudación fiscal.
Así, los vendedores tienen tres alternativas: subir de precios, arriesgándose a perder competitividad; fundar una empresa con el consecuente aumento de obligaciones fiscales, o modificar su operación para funcionar con menor flujo de efectivo, cuando menos en este momento de transición. Por supuesto, ninguna es ideal.

0 comentarios

Deja una respuesta

Marcador de posición del avatar

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *